Según explicó en rueda de prensa la consejera de la Presidencia y portavoz del Ejecutivo andaluz, Mar Moreno, esta norma, que sustituye a la vigente desde junio de 2006, tiene como objetivo desconcentrar la labor sancionadora para agilizar los procedimientos administrativos.
Respecto a las sanciones relativas a empleo, relaciones laborales y empresas de trabajo temporal y de inserción, los órganos competentes para su imposición serán las direcciones provinciales del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en los casos de infracciones leves y graves (entre 60 euros y 6.250 euros); la Dirección Gerencia del SAE en las muy graves de grados mínimo y medio (entre 6.251 euros y 100.005 euros), y la Presidencia del SAE -que ostenta el consejero de Empleo- en las muy graves de grado máximo (entre 100.006 euros y 187.515 euros).
Para las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, el decreto atribuye la competencia sancionadora a las delegaciones provinciales en los casos de las leves y graves (desde 40 euros hasta 40.985 euros); a la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral las sanciones muy graves de grados mínimo y medio (entre 40.986 y 409.890 euros) y al consejero de Empleo en las muy graves de grado máximo (entre 409.891 y 819.780 euros).
Con la desconcentración de competencias aprobada, el Consejo de Gobierno cede a la Consejería de Empleo la potestad sobre las sanciones más elevadas, aunque mantiene la atribución de suspender o cerrar centros de trabajo cuando concurran circunstancias de excepcional gravedad en los ámbitos de la seguridad y salud.
(Fuente: Yahho)
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