El pasado 30 de marzo se publicó la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Dicha Ley tiene por objeto establecer las medidas urgentes de prevención, contención y coordinación necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como prevenir posibles rebrotes, con vistas a la superación de la fase III del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad.
A tal fin, dicho documento recoge las disposiciones generales (objeto y ámbito de aplicación), los órganos competentes así como las medidas prevención, contención y coordinación frente al COVID-19.
Asimismo, los artículos 6 a 16 recogen el mantenimiento de determinadas medidas de prevención e higiene, como son el uso obligatorio de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes.
Igualmente, en este capítulo se contempla la adopción de determinadas medidas de prevención en el entorno de trabajo, tales como la ordenación de los puestos de trabajo o la organización de los turnos para evitar aglomeraciones, así como el mantenimiento de medidas de prevención e higiene básicas en los establecimientos comerciales, en los centros residenciales de carácter social, en los hoteles y alojamientos turísticos o en las actividades de hostelería y restauración, entre otras.
Todo ello, bajo las premisas de garantías de dotación de equipamientos médicos de protección individual e higiene básica suficientes, a un precio que garantice el acceso al mayor número de población posible.
(Fuente: BOE)
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