¿Se puede llevar una pantalla de plástico en lugar de la mascarilla obligatoria?
22/05/2020A partir de este jueves 21 de mayo es obligatorio el uso de mascarillas en espacios cerrados o abiertos de uso público y en la calle o espacios al aire libre, siempre que no sea posible mantener la distancia de seguridad de dos metros entre personas.
Así, el uso de mascarillas es obligatorio para personas de seis años en adelante en los espacios citados anteriormente, "siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años"
No obstante, el tipo de protección a emplear no está tan clara. Así pues, no es de extrañar que muchas personas se planteen dudas como ¿Se puede llevar una pantalla de plástico en lugar de la mascarilla?
La respuesta a esta pregunta vienen recogida en la propia Orden SND/422/2020, de 19 de mayo:
"se entenderá cumplida la obligación mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca".
Por tanto, el uso de pantallas o viseras protectoras no puede sustituir el uso de las mascarillas.
(Fuente: 20 minutos)
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