La obligación Ministerial de extremar las medidas de confinación de la población hace que las empresas que por su actividad e infraestructura estén capacitadas para ello, hayan implementado el teletrabajo como una solución para proteger a sus trabajadores y evitar propagación, sin paralizar por ello la actividad productiva.
Pero el teletrabajo, como toda medida que afecte a la organización del trabajo, no puede ser implantado de un día a otro. Se han de tener en cuenta aspectos de tipo legal, recursos, organizativos… y ante todo de prevención de riesgos laborales porque no hemos de olvidar que se trata de adaptar el puesto de trabajo a la realidad del trabajador por lo que habrá que tener en cuenta, fundamentalmente el impacto en riesgos ergonómicos o psicosociales.
(Fuente: aepsal
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