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El Gobierno estudia suprimir el despido por estar enfermo en su reforma laboral

11/09/2019

El despido objetivo por absentismo podría tener los días contados. La regulación actual ofrece a los empresarios la posibilidad de despedir a un trabajador con una indemnización 'barata' de 20 días por año trabajado por faltas de asistencia reiteradas, incluso aunque sean justificadas por una enfermedad. Y este es precisamente uno de los aspectos más "lesivos" de la reforma laboral del PP que quiere tumbar el Gobierno de Pedro Sánchez por considerarlo "discriminatorio", según ha podido confirmar el medio "La Información" a través de fuentes del PSOE.

Con esta modificación que se pretende introducir en el futuro Estatuto de los Trabajadores del siglo XXI –así es como han bautizado en el Gobierno a su contrarreforma laboral– el Ejecutivo se adelantaría al Tribunal Constitucional (TC), que precisamente estudia en estos momentos si este tipo de extinción del contrato de trabajo es contraria a los derechos fundamentales. Y, de paso, hace otro guiño más a Unidas Podemos, pues esta es una de las propuestas de la formación morada para alcanzar un acuerdo programático que garantice la investidura de Pedro Sánchez en dos semanas y evite la repetición de las elecciones en noviembre.

Hay que recordar que esta modalidad de despido está regulada en el artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores. Permite al empresario extinguir el contrato de un trabajador por causas objetivas, es decir, con una indemnización de 20 días por año trabajado, ante faltas de asistencia al trabajo que aunque estén justificadas sean intermitentes. Si bien estas ausencias deben alcanzar el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

Ahora este tipo de despido objetivo está en el punto de mira y si no lo liquida el Gobierno por voluntad propia podría verse forzado a hacerlo por el TC, que tiene sobre la mesa una cuestión de inconstitucionalidad sobre este mismo tema desde el pasado mes de julio, cuando admitió a trámite un recurso presentado por el Juzgado de lo Social número 26 de Barcelona.

(Fuente: La Información)

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