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El nuevo código de buen gobierno incluirá aspectos de responsabilidad social corporativa

19/04/2014

MADRID, 08 (SERVIMEDIA)

La reforma del Código Unificado de Buen Gobierno que actualmente esta siendo tratada por un Comité de Expertos, bajo la coordinación de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), incluirá elementos relacionados con la responsabilidad social corporativa según ha puesto de manifiesto Elvira Rodriguez, presidenta de dicho organismo.

Rodriguez, que ha participado en el II Foro Anual del Consejero organizado por KPMG, IESE, El País y AIG, ha descrito las labores que se están llevando a cabo por el mencionado grupo de expertos y destacó que “se va a tratar lo relativo a la RSC, ya que este concepto forma parte de la esencia de los objetivos que perseguimos con nuestro proyecto”.

En este sentido, puntualizó que “es difícil en este momento poder anticipar el grado de concreción de las recomendaciones dedicadas a responsabilidad social pero sí parece probable la introducción de medidas de transparencia al respecto”.

Aseguró que es importante que aquella empresa que, por ejemplo, se declare “verde”, justifique que efectivamente existen razones para ello. “Se trata de evitar que las declaraciones de este estilo se conviertan en meras medidas programáticas. De lo contrario, estaríamos tolerando que fuera muy difícil poder distinguir a las empresas que realmente ejercen su responsabilidad social de aquellas que no lo hacen”.

La comisión de expertos se ha subdividido el trabajo en tres áreas, una dedicada a aspectos generales y al principio de “cumplir o explicar”, donde se debate acerca de la esencia de las recomendaciones de buen gobierno y su ámbito de aplicación. Es precisamente en este donde se enmarca todo lo relacionado con la responsabilidad social corporativa.

El segundo bloque de trabajo se refiere a las recomendaciones que puedan afectar a la Junta General de Accionistas, cuyo adecuado funcionamiento constituye una preocupación creciente entre los inversores institucionales. Así, entre los elementos que abordarán se encuentra lo relacionado con la protección de los accionistas minoritarios y en el adecuado funcionamiento de la junta como órgano de representación de los propietarios de las compañías.

Por último, el tercer bloque está dedicado a las recomendaciones relativas al Consejo de Administración. En este apartado se tratarán temas como la frecuencia exacta de las reuniones del Consejo, la dedicación de los consejeros, la separación de los cargos de presidente del consejo y primer ejecutivo de la sociedad, o la forma en que se puede garantizar la diversidad de los consejeros o se debe realizar la evaluación del Consejo de Administración y de sus comisiones.

(Fuente:elEconomista.es)

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© Cátedra Prevención y Responsabilidad Social corporativa 2011. Actualizada el 20/11/2024
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