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Publicado en la web del INSHT un documento para la prevención profesional por vía inhalatoria de la gripe porcina

06/05/2009

En la web del INSHT se ha publicado el 29 de abril el documento que se transcribe en su totalidad a continuación:


PREVENCIÓN DE LA EXPOSICIÓN PROFESIONAL POR VÍA INHALATORIA AL VIRUS DE TIPO A CAUSANTE DE LA GRIPE PORCINA

La gripe porcina (influenza porcina) es una enfermedad respiratoria que puede afectar a los cerdos y que tiene su origen en los virus de la gripe de tipo A (con cuatro subtipos identificados). La enfermedad puede ser transmitida a personas por contacto con animales enfermos, con objetos contaminados que han estado en contacto con animales enfermos, pero también hay la posibilidad de que el contagio se produzca de persona a persona.
La protección contra los riesgos por exposición profesional a estos virus debe hacerse de conformidad con lo dispuesto en el RD 664/1997 (de 12 de mayo, BOE nº 124) “sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajoâ€, que es de “disposiciones mínimas aplicables a las actividades en las que los trabajadores estén o puedan estar expuestos a agentes biológicos debido a la naturaleza de su actividad laboral.[Art. 1.2]â€
Los “virus de la influenza tipo A†(Anexo II RD 664/1997) están incluidos dentro del grupo de riesgo 2, en cuanto al riesgo infeccioso. De cara a la citada protección, y dejando de lado determinadas actividades especiales, en general, están en situación de riesgo potencial aquellos trabajadores que en virtud de su profesión puede contraer la enfermedad por contacto con:
a) Animales infectados con el virus de la influenza
b) Ambientes (u objetos) contaminados con el virus
c) Una persona con la enfermedad, es decir que tenga la gripe porcina, y por transmisión de virus de persona a persona.
La propagación de persona a persona se considera que se produce principalmente a través de las personas infectadas al toser o estornudar.
Los riesgos del puesto de trabajo deberán evaluarse en su conjunto de manera acorde con las características de la actividad desarrollada, las tareas realizadas y todos los factores susceptibles de modificarlos. Dada la aparente facilidad con que se propaga en el momento actual la gripe porcina entre las personas, merece especial atención la protección de los trabajadores frente al riesgo de exposición al virus a través de aerosoles y por contacto directo. En este sentido son especialmente importantes los siguientes puntos:
1.
Frente al posible contacto con aerosoles utilización de protección respiratoria (marcado CE, categoría III, RD 1407/1992): mascarilla autofiltrante FFP3, y según lo establecido en el RD 773/1997.
2.
Cuando en la manipulación deliberada de productos infectados y no tratados térmicamente se puedan generar aerosoles abundantes se utilizarán adaptadores faciales con filtro P3 (media máscara o máscara facial completa, marcado CE, categoría III); siendo importante recordar que la inactivación térmica de los citado virus se produce a temperaturas superiores a los 70ºC.
3.
En ningún caso los trabajadores utilizarán, como equipos de protección respiratoria frente al riesgo de infección por transmisión aérea, máscaras quirúrgicas, cuya finalidad es la de evitar la proyección de partículas y aerosoles por parte de su portador al entorno inmediato o sobre pacientes durante los actos médicos, y no la de proteger al trabajador de la exposición a bioaerosoles
procedentes de su entorno de trabajo: no son equipos de protección individual (no son EPI), sino productos sanitarios, y su marcado CE hace referencia a su conformidad con el RD 414/1996, que regula tales productos.
4.
Debe seguirse una adecuada higiene personal de las manos, con agua y jabón; el empleo de desinfectantes de tipo alcohólico puede ser eficaz. Tratar de evitar el contacto de las manos con la boca, nariz y los ojos antes de una adecuada higiene de las manos.

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