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Editorial

Plan de emergencia y plan de autoprotección son dos documentos que a menudo se confunden.
Según la legislación, el empresario es el responsable de lo que ocurre en el centro de trabajo. Incluso de las medidas de emergencia que estén implantadas en el mismo. En el artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos podremos leer:

“El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento.(…)”

Por esto no todas las empresas tienen que disponer de un plan de autoprotección, pero si todas deben incluir un plan de emergencia. ¿Cuándo es necesario el Plan de autoprotección? La respuesta a esa pregunta queda recogida en el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo en su ANEXO I. En él, quedan especificadas las actividades de las organizaciones que deben contar con un plan de autoprotección.

No obstante, siempre debemos tener en cuenta la legislación local y autonómica. Ésta puede ampliar los supuestos que requieren la elaboración de un plan de autoprotección.

El plan de autoprotección es el mecanismo que establece para un edificio un conjunto de medidas tendentes a neutralizar o minimizar, con los medios de que se disponga, los accidentes o emergencias y sus posibles consecuencias hasta la llegada de las ayudas externas.

Este documento pretende conseguir que todas las personas que puedan verse afectadas por una emergencia sepan cómo actuar y cómo deben coordinarse dichas actuaciones para reducir al mínimo las consecuencias que puedan derivarse de la misma.

Trataremos los contenidos mínimos que deberá disponer el Plan de Autoprotección y los pasos a seguir para su elaboración, recopilación de la documentación necesaria y estudio de la misma.

Dª. Patricia Rodríguez Jerónimo.

Ingeniero Técnico Industrial y especialista en Emergencias.
ANP Servicio de Prevención Ajeno, S.L.

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© Cátedra Prevención y Responsabilidad Social corporativa 2011. Actualizada el 20/11/2024
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