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Editorial

La Ley modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditorías de Cuentas, estableciendo el deber de presentar a determinadas empresas, junto con las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión, el estado de información no financiera y diversidad.

¿A qué empresas aplica?

Artículo segundo. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio. El Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, queda modificado como sigue:

Apdo. 3. Se da nueva redacción al párrafo tercero del apartado 1 del artículo 262, se modifica asimismo su apartado 5, y se incluye un nuevo apartado 6 en el mismo artículo 262, que quedan redactados como sigue:

«En la medida necesaria para la comprensión de la evolución, los resultados o la situación de la sociedad, este análisis incluirá tanto indicadores clave financieros como, cuando proceda, de carácter no financiero, que sean pertinentes respecto de la actividad empresarial concreta, incluida información sobre cuestiones relativas al medio ambiente, al personal y al cumplimiento de reglas en materia de igualdad y no discriminación y discapacidad. Se exceptúa de la obligación de incluir información de carácter no financiero, a las sociedades que tienen la calificación de empresas pequeñas y medianas de acuerdo con la Directiva 34/2013.»

“Apdo.5. Las sociedades de capital deberán incluir en el informe de gestión un estado de información no financiera o elaborar un informe separado con el mismo contenido que el previsto para las cuentas consolidadas por el artículo 49, apartados 5, 6 y 7, del Código de Comercio, aunque referido exclusivamente a la sociedad en cuestión siempre que concurran en ella los siguientes requisitos:

a) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500.
b) Que, o bien tengan la consideración de entidades de interés público de conformidad con la legislación de auditoría de cuentas, o bien, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
1.º Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 de euros.
2.º Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 de euros.
3.º Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a doscientos cincuenta.”

Disposición transitoria. Aplicación.

Apdo.3. Transcurridos tres años de la entrada en vigor de esta Ley, la obligación de presentar el estado de información no financiera consolidado previsto en los apartados 49.5 b) del Código de Comercio y 262.5.b) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, será de aplicación a todas aquellas sociedades con más de 250 trabajadores que o bien tengan la consideración de entidades de interés público de conformidad con la legislación de auditoría de cuentas, exceptuando a las entidades que tienen la calificación de empresas pequeñas y medianas de acuerdo con la Directiva 34/2013, o bien, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos una de las circunstancias siguientes:

1.º Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 de euros.
2.º Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 de euros.

Sobre qué hay que informar: Nuevas exigencias

Se determina en el apartado 6 del artículo 49 del nuevo código de comercio que modifica la Ley 11/2018.
Para mejor comprensión se ha elaborado el siguiente listado:

CUESTIONES AMBIENTALES

•Gestión ambiental: efectos actuales y previsibles de las actividades de la empresa en el medioambiente, salud y seguridad; evaluación y/o certificación ambiental y riesgos ambientales
•Contaminación atmosférica, acústica y lumínica
•Economía circular, prevención y gestión de residuos
•y acciones para combatir el desperdicio de alimentos
•Recursos básicos: uso sostenible del agua, eficiencia en el uso de materias primas, eficiencia energética y uso de energías renovables
•Cambio climático: reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero
•Protección de la biodiversidad

CUESTIONES SOCIALES Y RELATIVAS A PERSONAS

•Empleo: número total y distribución de empleados por sexo, edad, país y clasificación profesional; número total y distribución de modalidades de contrato de trabajo; número de despidos; remuneraciones medias; brecha salarial; implantación de políticas de desconexión laboral; empleados con discapacidad, entre otros
•Organización del trabajo: organización del tiempo de
•trabajo, número de horas absentismo, medidas destinadas a facilitar el disfrute de la conciliación y fomentar el ejercicio corresponsable de estos por parte de ambos progenitores
•Salud y seguridad: condiciones de salud y seguridad en el trabajo, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; desagregado por sexo
•Relaciones sociales: organización del diálogo social, procedimientos para informar y consultar al personal y negociar con ellos; porcentaje de empleados cubiertos por convenio colectivo, entre otros
•Formación: políticas implementadas en el campo de la formación y cantidad de horas de formación por categoría profesional
•Accesibilidad universal de las personas con discapacidad
•Integración e igualdad: igualdad de género, protocolos contra el acoso sexual y por razón de sexo; integración y accesibilidad universal de las personas con discapacidad y políticas contra todo tipo de discriminación; gestión de la diversidad

CUESTIONES SOCIALES Y RELATIVAS A LOS DERECHOS HUMANOS

•Procedimientos de diligencia en materia de derechos humanos
•Gestión de los riesgos vinculados con la vulneración de derechos humanos; denuncias por casos de vulneración de estos
•Promoción y cumplimiento de las disposiciones de los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo relacionadas con el respeto por la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva
•Eliminación de la discriminación en el empleo y la ocupación
•Eliminación del trabajo forzoso u obligatorio y abolición efectiva del trabajo infantil

CUESTIONES SOCIALES Y RELATIVAS A CORRUPCIÓN Y SOBORNO

•Prevención de la corrupción y el soborno
•Lucha contra el blanqueo de capitales
•Control de las aportaciones a fundaciones y entidades sin ánimo de lucro

CUESTIONES SOCIALES Y RELATIVAS A SOCIEDAD

•Compromiso con el desarrollo sostenible; creación de empleo, impacto de la actividad en la población local; relación con las comunidades locales y el diálogo con estas; acciones de asociación o patrocinio
•Subcontratación y proveedores: inclusión en la política de compras de cuestiones sociales, de igualdad de género y ambientales; consideración en las relaciones con proveedores y subcontratistas de su responsabilidad
•Social y ambiental; sistemas de supervisión y auditorías y
•Resultados de las mismas
•Consumidores: salud y seguridad de los consumidores; sistemas de reclamación, quejas recibidas y resolución de las mismas Información sobre las subvenciones públicas recibidas
•Información fiscal: beneficios obtenidos país por país; impuestos sobre beneficios pagados y subvenciones públicas recibidas
•Cualquier otra información significativa

Estándares para la estructura de la memoria…

El mismo apartado 6, punto e, establece…
…”se utilizarán especialmente estándares de indicadores clave no financieros que puedan ser generalmente aplicados y que cumplan con las directrices de la Comisión Europea en esta materia y los estándares de Global Reporting Initiative, debiendo mencionar en el informe el marco nacional, europeo o internacional utilizado para cada materia. Los indicadores clave de resultados no financieros deben aplicarse a cada uno de los apartados del estado de información no financiera. Estos indicadores deben ser útiles, teniendo en cuenta las circunstancias específicas y coherentes con los parámetros utilizados en sus procedimientos internos de gestión y evaluación de riesgos. En cualquier caso, la información presentada debe ser precisa, comparable y verificable.

Verificación de la memoria…

El mismo apartado 6, al final dice:
La información incluida en el estado de información no financiera será verificada por un prestador independiente de servicios de verificación.

Cómo, dónde y cuándo se presenta…

Debe incluirse en el Informe de Gestión el estado de información no financiera o emitir un informe separado de información no financiera, en el que se indique de manera expresa que dicha información forma parte del Informe de Gestión de la compañía.

En ambos casos debe procederse a la aprobación, depósito y publicación que el Informe de Gestión.

Los administradores de la sociedad están obligados a formular, en el plazo máximo de tres meses contados a partir del cierre del ejercicio social, las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión, que incluirá, cuando proceda, el estado de información no financiera.

Además, este informe se debe poner a disposición pública en la página web de la compañía, dentro de los seis meses posteriores a la fecha de finalización del año financiero y estar disponible por un período de cinco años.


Fdo. Rafael Arjona Jiménez
Director Gerente de LIMASA

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