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Editorial

Jurisprudencia en prevención de riesgos laborales: nueva sección de la Cátedra

Diego Narbona Arias

Abogado 3459 del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga

Ese es el título de nuestra nueva sección y que da lugar a la presente editorial. Casi todos en alguna ocasión, incluso aquellos que no tienen relación con el campo jurídico, han escuchado en algún momento ese término, incluso han llegado a utilizarlo, pero; ¿Qué es la Jurisprudencia?

El artículo 1.1 de nuestro Código Civil establece cuales son las fuentes jurídicas del ordenamiento jurídico español, fijando entre las mismas la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho. En ese mismo artículo del Código Civil pero en su apartado 6, se recoge que; “La Jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho”.
Así pues, en puridad jurídica tal y como hemos visto, sólo será considerada Jurisprudencia aquellas Sentencias que de forma reiterada, sean dictadas por el Tribunal Supremo creando una doctrina, no aquellas otras Sentencias que sean pronunciadas por otros Juzgados y Tribunales de rango inferior, tales como Juzgados de lo Penal o Audiencias Provinciales.

En esta nueva sección que nace bajo precisamente ese título de Jurisprudencia, iremos comentando Sentencias que hayan sido dictadas principalmente por Audiencias Provinciales españolas en el orden jurisdiccional penal con relación a la prevención de riesgos laborales, y aunque si bien, técnicamente como hemos visto no pueden ser consideradas como Jurisprudencia, no es menos cierto, que dichas Sentencias crean cierta “doctrina” de la que se pueden extraer conclusiones jurídicas muy interesantes para las personas que se dedican profesionalmente directa o indirectamente a la prevención de riesgos laborales. Téngase en cuenta, en relación a lo expuesto, que la competencia para el enjuiciamiento en la jurisdicción penal de los delitos contra la seguridad de los trabajadores viene atribuida legalmente a los Juzgados de lo Penal en primera instancia y a las Audiencias Provinciales en segunda instancia cuando resuelven los recursos de apelación que le son planteados, por lo que a priori no existen Sentencias en la materia que nos ocupa de nuestro mas Alto Tribunal, de ahí que acudamos a esa “Jurisprudencia Menor” que dimana de las Audiencias Provinciales.

Durante los últimos años han proliferado las Sentencias relacionadas con la prevención de riesgos laborales, y no son pocas las Sentencias condenatorias de profesionales, en las que los Tribunales han entendido que se han omitido por parte de los mismos la normativa en materia de prevención de riesgos laborales. Con esta nueva sección de Jurisprudencia, intentaremos recoger esa doctrina de Audiencias Provinciales que dimana tanto de Sentencias absolutorias como de Sentencias condenatorias, en aras a que el profesional de la prevención de los riesgos laborales y a otros profesionales que tienen alguna relación con dicho campo, conozcan cual es el criterio de los Tribunales españoles al respecto, conocimiento que les ayude en el correcto desempeño de su actividad profesional.

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