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Cerca de 22.500 empresas de la Construcción han solicitado su inscripción en el Registro de Empresas Subcontratistas en la Comunidad de Madrid

21/08/2010

Cerca de 22.500 empresas de la región han solicitado su inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas como Contratistas y Subcontratistas en el sector de la Construcción de la Comunidad, según ha informado hoy el director general de Trabajo, Javier Vallejo.

Este registro, en el que desde el 26 de agosto de 2008 deben estar inscritas todas las empresas que quieran intervenir en el proceso de subcontratación --bien como contratistas o como subcontratistas-- y que tengan su domicilio social en la región, ha recibido en estos dos años de actividad un total de 22.394 solicitudes de otras tantas empresas, de las que 18.512 ya están inscritas.

Además, en otros 3.692 casos los técnicos de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración han notificado a las empresas un requerimiento para subsanar defectos en la documentación que han presentado para su inscripción, y hay 398 solicitudes pendientes de revisión.

De las más de 18.500 empresas ya inscritas, más del 80 por ciento pertenecen al sector de la construcción, aunque en el Registro también aparecen compañías de otros sectores como instalaciones eléctricas, transporte terrestre o fabricaciones metálicas.

En cuanto a su organización en materia de prevención, el 1,2 por ciento de las compañías registradas cuenta con un servicio de prevención propio, mientras que la inmensa mayoría, más del 95 por ciento, cuenta con un servicio ajeno autorizado.

Los requisitos para poder actuar como contratistas o subcontratistas son conseguir una calidad y solvencia determinadas, disposición y organización preventiva adecuada y la inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas. El porcentaje mínimo de trabajadores contratados con carácter indefinido tiene que ser del 30 por ciento desde el 20 de abril de este año, aunque no existe la obligación de acreditarlo en el Registro de Empresas Acreditadas.

LUCHA CONTRA LOS ACCIDENTES LABORALES

Vallejo ha señalado que los inspectores de la Comunidad realizarán este año un total de 1.000 visitas de control y seguimiento a empresas para asegurar el cumplimiento de la Ley de Subcontratación. Además, quiso destacar que tanto este registro como el resto de medidas de prevención y seguridad en el trabajo desarrolladas en el marco del III Plan de Prevención de Riesgos Laborales "demuestran el compromiso del Gobierno regional en la lucha contra la siniestralidad laboral".

En este sentido, el número total de accidentes laborales en la región el pasado mes de julio se redujo un 17,66 por ciento respecto al mismo mes del año anterior. El director general de Trabajo de la Comunidad de Madrid ha subrayado que aunque la siniestralidad laboral en el sector de la construcción es superior al del resto, los trabajadores subcontratados cuentan cada vez más formación profesional, que además deberá ser demostrada.

El director regional de Trabajo ha indicado que, según las obligaciones preventivas de la Ley 32/2006 y de subcontratación en el sector de la Construcción se llevaron a cabo el año pasado un total de 1.692 órdenes de servicio (cuando estaban previstas 1.000), 395 requerimientos y se detectaron 87 infracciones. En concreto, en la subcontración del sector de la Construcción estaban previstas 750 órdenes de servicio y se llevaron a cabo 879, además de 169 requerimientos y se practicaron 87 infracciones.

De hecho, la Comunidad, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 32/2006 reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción, aprobó en julio de 2008 el decreto de creación de este Registro, cuyo objetivo es garantizar a los trabajadores del sector de la construcción una mayor seguridad y salud en el desarrollo de su actividad mediante la acreditación de que las empresas cumplen los requisitos de solvencia, organización y formación del personal en materia de prevención de riesgos laborales.

La inscripción en este registro es obligatoria para todas las empresas que, dentro del sector de la construcción, realicen trabajos de excavación, movimiento de tierras, construcción, montaje y desmontaje de elementos prefabricados, transformación, rehabilitación, desmantelamiento, derribo, mantenimiento, conservación, saneamiento, reparación o trabajos de pintura y limpieza.

La empresa promotora de los trabajos debe solicitar la certificación de la inscripción en el registro de aquellas empresas que pretenda subcontratar dentro del mes anterior al comienzo de la obra. Así, Vallejo ha recordado que las empresas que participen en una obra y no acrediten su inscripción cometen un infracción, cuya sanción oscila entre los 2.000 y los 800.000 euros en función de su gravedad.

INSCRIPCIÓN ÚNICA Y VÁLIDA EN TODA ESPAÑA

La inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas como Contratistas y Subcontratistas en el sector de la Construcción, que está ubicado en el número 5 de la calle Princesa, requiere que las empresas contratistas y subcontratistas cumplan una serie de requisitos de calidad y solvencia.

Además, están obligadas a acreditar que los trabajadores y directivos poseen la formación necesaria en prevención de riesgos laborales y que disponen de una organización preventiva adecuada a la Ley 21/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

Esta inscripción es única y válida para todo el territorio nacional por un periodo de tres años, y podrá ser renovada previa petición dentro de los seis meses anteriores al final del plazo de validez.

Por otro lado, la Ley reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción requería que desde noviembre de 2007 las empresas mantuvieran actualizado el Libro de Subcontratación. En dicho Libro, el contratista debe reflejar, por orden cronológico, todas las subcontrataciones realizadas en la obra. La Comunidad de Madrid ha habilitado desde esa fecha 25.579 Libros de Subcontratación.


(Fuente: Europa Press)

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