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“Los andamios eran de los más baratos e inseguros”

28/06/2010

El perito especialista en seguridad laboral que elaboró el informe de las causas del accidente ocurrido en 2002 en la bodega J.P.M. en el que perdió la vida el trabajador Manuel García Redondo, de 58 años de edad, tras caer de una altura de cuatro metros aseguró ayer en la segunda vista del juicio que el andamio desde el que se precipitó era “de los más baratos y más inseguros” y hubiera necesitado “barandillas de seguridad”, ya que “había más riesgos”. En sus declaraciones ante el tribunal subrayó además el “déficit” de las medidas de seguridad con las que tanto él, oficial de albañilería, como su peón de confianza estaban realizando las obras menores de remodelación de la sede de La Cartuja, y aseguró que ambos carecían del equipo de protección reglamentario (asco, cinturón de seguridad, botas, etcétera). No obstante, confirmó que la bodega tenía contrato en materia de prevención de riesgos laborales.

Asimismo, como ya ocurrió hace nueve días en la primera vista, una vez más la clave principal de todos los testimonios y conclusiones finales de la Fiscalía, acusación particular y la defensa, volvió a estar en la relación laboral de Manuel con la empresa. En este sentido, mientras que tanto el Ministerio Público como la acusación, ejercida por el letrado Alberto Pérez Miranda, que representa a la viuda de la víctima y sus nueve hijos, insistieron en la relación laboral “ordinaria” que mantenía con la bodega, así como la vinculación “casi feudal”, resaltando la Fiscalía que el desempeño de sus funciones era como las de “un trabajador más”, la defensa y la declaración de los administradores de la bodega y los trabajadores insistieron en que siempre se recurrió a él para trabajos concretos como autónomo.

En este sentido, la estrategia de la defensa se apoyó siempre en que la “infraestructura” a la hora de referirse al material necesario para la obra (andamio, hormigonera, cascos) siempre era aportada por la víctima, si bien esta argumentación dejó también flecos ya que, como indicó el perito, que sí estaba dado de alto por la empresa, en su caso también se incurrió supuestamente en irregularidades respecto a la normativa de riesgos laborales. En la segunda y última vista del juicio, que quedó visto para sentencia, también testificaron E.P.M. y A.P.M, administradores de la bodega y hermanos de uno de los imputados, J.P.M, en aquel entonces consejero delegado y vicepresidente, que manifestaron que fue el propio trabajador fallecido quien les pidió que les facturara “como siempre” como autónomo, pero que la bodega diera de alta al peón de su confianza que le iba a ayudar en las obras “porque no quería jaleo de papeles”.

Asimismo, entrando de fondo en uno de los principales escollos de este caso, la administradora de la bodega también admitió que no le preguntó”en ningún momento” al obrero fallecido si estaba al día con los pagos a la Seguridad Social “porque me bastó su palabra”, mientras que la defensa del empresario J.P.M, ejercida por el despacho de Juan Pedro Cosano, resaltó que la víctima “estaba dado de alta como autónomo desde el año 79”, pero se encontraba al “descubierto”desde el año 96, fecha en la que “dejó de cotizar”, al no estar al día con los pagos.

De igual manera, los dos administradores advirtieron que Manuel no mantuvo ninguna relación laboral con la empresa “desde el año 1992 al 2002”, fecha en la que volvió a ser contratado “como autónomo” para realizar obras en las que encontró la muerte. En el informe final, el Ministerio Público consideró “probado” los delitos de homicidio por imprudencia grave y contra los derechos de los trabajadores presentados en su escrito de calificaciones que se le imputan al empresario y al apoderado de la bodega, F.L.R, al que se inculpa además de un delito de falsedad documental. En la misma tónica, estimó “acreditado” que hubo una “falsificación” del contrato de trabajo de la víctima “a posteriori” de su muerte “para eludir responsabilidades por incurrir en irregularidades laborales” y mostró su “conformidad” con el informe pericial presentado por la Policía Nacional, que concluía en que la firma que presentaba el contrato firmado con la víctima para realizar esta última obra “era falso”.

un informe “inhábil”
Un documento que la defensa consideró ayer “inhábil”, por lo que advirtió que la responsabilidad civil y subsidiaria del accidente del trabajador se debe a la “desidia” del fallecido al ser un “desastre” en su actividad “como autónomo” y no estar al día con la Seguridad Social. Asimismo, resaltó que en el momento en el que se produjeron los hechos el empresario J.P.M. “no pintaba nada” en la empresa, puesto que su vinculación con la bodega había concluido en el año 2000 para montar otro negocio, sin embargo, como “todo quedaba en casa”, como indicaron sus hermanos, mantuvo sus poderes notariales como consejero hasta el 2003.

Finalmente, el tribunal tuvo que conformarse con la declaración que el peón, único testigo presencial del siniestro, hizo en la fase de instrucción al no poder localizarle. Un testimonio que hubiera resultado crucial.

(Fuente: Andalucia Información)


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