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En 2009, más de 160.000 trabajadores de la construcción ya habrán solicitado la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC).

27/12/2009

La Fundación Laboral de la Construcción ha homologado la formación de PRL impartida por cerca de mil entidades

Más de 160.00 trabajadores del sector de la construcción ya habrán solicitado su Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC) cuando acabe este año 2009. Por Comunidades Autónomas, Madrid es la que registrará un mayor número de ellas (19,6%), seguida de Andalucía (19%), Galicia (9,3%), Comunidad Valenciana (8,7%), y Castilla y León (6,8%).

La TPC es un documento mediante el cual se acreditan, además de su experiencia laboral y otros datos, la formación recibida por el trabajador del sector en materia de prevención de riesgos laborales, tanto la inicial de ocho horas de duración (denominada Aula Permanente de Prevención), como la de segundo ciclo, tal y como establece el IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (2007-2011). Su obtención de momento es voluntaria, pero también según el Convenio General, será obligatoria para todos los trabajadores del sector a partir del 1 de enero de 2012.

Precisamente el Convenio General del Sector establece que sea la Fundación Laboral de la Construcción la entidad encargada del desarrollo y emisión de la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC), y de impartir la formación necesaria para su obtención, así como de homologar esa formación en prevención de riesgos laborales impartida por otras entidades. Sólo en este año, la Fundación Laboral ha homologado dicha formación de casi mil entidades diferentes, a las que les ha sido entregado el Sello de homologación que las acredita.

Ventajas de la TPC

Entre las ventajas de ser titular de la Tarjeta Profesional de la Construcción destacan: la exención del periodo de prueba en los contratos fijos de obra u otra modalidad de contrato temporal para los trabajos de su categoría profesional, y siempre que acredite su cumplimiento en cualquier empresa anterior; la validez del reconocimiento en materia de vigilancia en la salud con el límite de un año para el mismo puesto o actividad; acceder a la información que figure en su expediente y obtener las certificaciones relativas a la misma.

De esta manera, las empresas también disponen de un soporte que les permite certificar, entre otros aspectos, que sus trabajadores poseen, como mínimo, la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales y constatar que los trabajadores pertenecientes a las empresas subcontratistas tienen la mencionada formación.

(Fuente: Fundación Laboral)

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© Cátedra Prevención y Responsabilidad Social corporativa 2011. Actualizada el 15/03/2022
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