El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha renovado y mejorado su herramienta facilitando el cálculo de las ecuaciones básicas para la evaluación de la exposición a ruido: nivel diario equivalente para una exposición o m operaciones con distintos niveles de ruido, nivel equivalente semanal, tiempo máximo de exposición y nivel equivalente para ruido estable.
En esta nueva versión (2023) también se puede determinar el nivel de incertidumbre asociado a la medida.
Se puede realizar esta medición basada en el puesto de trabajo o en una jornada completa, así como por tareas independientes.
El criterio de evaluación de la exposición laboral a ruido se basa en el cálculo del nivel de exposición diario equivalente (LAeq,d) y su comparación con los valores de exposición que dan lugar a una acción y con el valor límite, establecidos en el artículo 5 del Real Decreto 286/2006, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. Los valores establecidos por el citado Real Decreto, son los siguientes:
Valor límite de exposición LAeq,d = 87 dB(A)
Valor superior de exposición que da lugar a acción LAeq,d = 85 dB(A)
Valor inferior de exposición que da lugar a acción LAeq,d = 80 dB(A)
(Fuente: INSST- Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo)
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