Nuestra web utiliza cookies para proporcionar una mejor experiencia de cara al usuario.
Si está de acuerdo con ello solamente pulse el botón aceptar y se ocultará este espacio, si quiere saber más visite el enlace 'Más información'.

Aceptar Más información

english | français | deutsch | italiano | traductor                  
logotipo
borde superior

Noticias

¿Se puede llevar una pantalla de plástico en lugar de la mascarilla obligatoria?

22/05/2020

A partir de este jueves 21 de mayo es obligatorio el uso de mascarillas en espacios cerrados o abiertos de uso público y en la calle o espacios al aire libre, siempre que no sea posible mantener la distancia de seguridad de dos metros entre personas.

Así, el uso de mascarillas es obligatorio para personas de seis años en adelante en los espacios citados anteriormente, "siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años"

No obstante, el tipo de protección a emplear no está tan clara. Así pues, no es de extrañar que muchas personas se planteen dudas como ¿Se puede llevar una pantalla de plástico en lugar de la mascarilla?

La respuesta a esta pregunta vienen recogida en la propia Orden SND/422/2020, de 19 de mayo:

"se entenderá cumplida la obligación mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca".

Por tanto, el uso de pantallas o viseras protectoras no puede sustituir el uso de las mascarillas.

(Fuente: 20 minutos)

Desea enviar esta noticia por e-mail icono popup?

 
ETSII Universidad de Málaga Ayuntamiento de Málaga Consejería Empleo Limasam Emasa GIOSCTPRL
 

© Cátedra Prevención y Responsabilidad Social corporativa 2011. Actualizada el 15/03/2022
Icono de conformidad con el Nivel A de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI Valid HTML 4.01 Transitional Valid CSS Valid RSS