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Ningún directivo de las mutuas de accidentes podrá cobrar más que el ministro de Empleo

24/10/2014

Ningún directivo de las mutuas de accidentes y contingencias profesionales podrá cobrar, entre retribuciones básicas y complementarias, más de lo que gana el titular del Ministerio de Empleo en función de lo que se establece cada año en los Presupuestos Generales del Estado (actualmente algo menos de 69.000 euros brutos al año).
Así ha quedado fijado en el proyecto de ley de Mutuas, que este miércoles ha aprobado la Comisión de Empleo del Congreso con los votos del PP y la abstención de UPyD y CiU, tras incorporar cuatro enmiendas 'populares', dos de la formación magenta y nueve transaccionales que afectan a 18 propuestas de CiU, PNV, UPN y UPyD.
Según la enmienda, recogida por Europa Press, el personal que ejerce funciones ejecutivas no podrá cobrar "en ningún caso" unas retribuciones totales que "puedan superar el importe de las asignadas al titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de acuerdo con los Presupuestos Generales del Estado de cada año".


EL PRESIDENTE, CON SUELDO LIMITADO

Por su parte, la nueva figura del presidente de la mutua en ningún caso podrá percibir unas retribuciones totales entre indemnizaciones y dietas superiores a las del director gerente, que con el proyecto de ley quedan también delimitadas.
Además, las mutuas tampoco podrán realizar aportaciones a planes de pensiones complementarios para su personal sin la autorización expresa del Ministerio, y las cantidades que puedan ingresar periódicamente estarán sujetas a los límites y criterios que las leyes de Presupuestos establezcan en esta materia para el sector público.

ACTUALIZACION DE LAS CONTINGENCIAS PROFESIONALES

A propuesta del PP, el Gobierno ya tenía intención de incluir en el proyecto de ley un cambio para que en el plazo de un año se actualicen las tarifas de cotizaciones por contingencias profesionales, creadas en 2007 y que se facturan a nivel de empresa en función de la siniestralidad de cada sector, siendo el tipo único para todos los trabajadores salvo en algunas ocupaciones frecuentes en todas las actividades y que tienen el mismo tipo.

Ahora, además de este mandato, también se prevé que la actualización se haga en función de la peligrosidad y los riesgos que tienen las distintas actividades, industrias y tareas.
También para fomentar la prevención de riesgos laborales, los 'populares' querían instar al Ejecutivo a revisar el sistema de reducciones de cotizaciones por contingencias profesionales en función de las medidas adoptadas para prevenir y disminuir la siniestralidad.

Ante las "incidencias" detectadas en la aplicación de este sistema de bonus-malus, al que no se han acogido tantas empresas como podrían, los 'populares' reclaman revisar el sistema y, a propuesta de CiU, proponen hacerlo teniendo como objetivo "agilizar y simplificar el proceso de solicitud, reconocimiento y abono del incentivo, y la implantación de un sistema objetivo centrado en el comportamiento de la siniestralidad".

TRABAJADORES AUTONOMOS DEPENDIENTES

Las enmiendas también han provocado cambios en relación con los autónomos, que pasarán a tener representación en la Junta General de las mutuas y también en la Junta Directiva, designado en este último caso por la Junta General como sucede con los representantes de las empresas. Los términos de esta participación se establecerán reglamentariamente y no estar al corriente de pago de las cotizaciones sociales será motivo de suspensión del derecho a voto.

Por otra parte, se permite a los trabajadores autónomos que carecen del reconocimiento de económicamente dependientes pero que cumplen con las condiciones establecidas en el Estatuto del Trabajo Autónomo y en el real decreto que lo desarrolla --esto es, fundamentalmente que el 75% de sus ingresos procedan del mismo pagador y que no tengan empleados a su cargo-- optar también a la situación legal de cese de actividad y, por ende, se facilita su acceso a la prestación económica.

En cuanto a las reservas, se abre la puerta, como querían los nacionalistas vascos y catalanes, a que el Ministerio pueda autorizar en determinadas circunstancias la aplicación de un porcentaje adicional sobre la fracción de cuota que financia la gestión de las prestaciones económicas por incapacidad temporal derivadas de contingencias comunes a las mutuas que acrediten una insuficiencia financiera del coeficiente general por "circunstancias estructurales".

A través de enmiendas, también se han introducido modificaciones para "preservar" la colaboración de las comunidades autónomas con el Ministerio de Empleo, y de las mutuas o las entidades gestoras de la Seguridad Social con el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria o los servicios de salud regionales, en materia de gestión y control de los procesos de incapacidad temporal.

En el caso de comunidades que tengan atribuida la función inspectora, se asegura el mantenimiento de estas competencias, y además se "blinda" el modelo de gestión de las bajas temporales existente en Cataluña a través del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas.

SEIS MESES PARA ADAPTARSE

Por otra parte, se da al Gobierno un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley para aprobar todas las normas reglamentarias necesarias sobre el régimen de funcionamiento de los órganos de gobierno, los gastos de administración, la formalización de convenios de asociación y documentos de adhesión, el régimen de retribuciones y el nuevo sistema de aplicación de las reservas de las mutuas.

En la misma línea, las mutuas tendrán otros seis meses desde la entrada en vigor de dichos reglamentos para adaptar sus propios estatutos y remitirlos al Ministerio de Empleo para su aprobación. En un plazo de tres años, el Gobierno deberá presentar al Congreso un informe evaluando la gestión que realizan las mutuas para ver si funcionan con eficiencia o si hay algo que cambiar.

Finalmente, las enmiendas del PP abren la puerta a que los centros gestionados por las mutuas puedan realizar no sólo los tratamientos terapéuticos y rehabilitadores sino también las pruebas diagnósticas para dispensar la asistencia derivada de las contingencias profesionales.

En esta línea, se permitirá también que "con carácter subsidiario" dichas intervenciones puedan llevarse a cabo en centros concertados autorizados para dispensar servicios en el ámbito de las contingencias profesionales, e incluso en otras entidades privadas con las que las mutuas firmen un concierto que esté autorizado por el Ministerio y en el que medie compensación económica.

MAS CAMBIOS EN EL SENADO

Al contar la Comisión de Empleo con competencia legislativa plena, el proyecto de ley pasará directamente al Senado, donde proseguirá su tramitación, en la que el PP se ha comprometido a seguir negociando con los partidos de la oposición con la intención de llegar a nuevos acuerdos.

En este sentido, la diputada 'popular' Carolina España ha avanzado la intención de su grupo de presentar una enmienda para garantizar que esta nueva norma prevalecerá sobre los Presupuestos de 2015 en lo que se refiere a los límites de las retribuciones de las mutuas, y también ha asegurado que el Gobierno tiene intención de potenciar la participación de los trabajadores en las mutuas a través de la Comisión de Control, valiéndose para ello de los reglamentos.

El PP y los nacionalistas catalanes también seguirán negociando cómo clarificar el papel de la autoridad laboral en relación con la ejecución de la normativa estatal en materia de prevención de riesgos laborales, concretamente en lo que a la competencia compartida de coordinación de las actividades de prevención de riesgos laborales de las mutuas en sus respectivos ámbitos territoriales se refiere, tal y como propone CiU.

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