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Instituciones médicas deberán contar con servicio de prevención y salud en el trabajo

22/07/2014

A través de un decreto presidencial, las instituciones de asistencia médica colectiva, mutualistas y cooperativas médicas deberán contar con un servicio de prevención y salud en el trabajo para sus empleados. También se estableció que contarán un plazo de 180 días para implementarlo.

Según el decreto, el objetivo de la iniciativa es “promover la seguridad y la salud de los trabajadores en sus espacios laborales”.

En efecto, “empleadores, trabajadores y representantes de los mismos en la empresa pueden asesorarse en cuanto a los requisitos necesarios para establecer y conservar un ambiente de trabajo seguro y sano que favorezca la salud física y mental óptima en relación con el trabajo, y la adaptación del trabajo a las capacidades de los empleados, habida cuenta de su estado de salud física y mental”.

El servicio podrá instalarse dentro o fuera de la institución y debe incluir determinado personal especializado.

Funciones

El decreto establece que el servicio deberán cumplir con las siguientes funciones: “identificación y evaluación de los riesgos que puedan afectar la salud en el lugar de trabajo; vigilancia de factores del ambiente de trabajo y de las prácticas que puedan afectar la salud de los trabajadores (instalaciones sanitarias, comedores y alojamientos); asesoramiento sobre la planificación y organización del trabajo que pueda afectar la salud y seguridad de los trabajadores (diseño del lugar; selección, mantenimiento y estado de los equipos y maquinaria)”.

También se encargarán del desarrollo de un plan de vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con la tarea; asistencia en pro de la adopción de medidas de rehabilitación profesional; organización de los primeros auxilios y de la atención de urgencia; participación en el análisis de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, debiendo llevar un registro estadístico de las mismas; elaboración de planes y programas de emergencia y contingencia para el caso de siniestros dentro de la empresa.

La Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social será la encargada de controlar el funcionamiento de los servicios y el Ministerio de Salud Pública del asesoramiento técnico en materia de salud.

(Fuente: LaRed21)

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