Nuestra web utiliza cookies para proporcionar una mejor experiencia de cara al usuario.
Si está de acuerdo con ello solamente pulse el botón aceptar y se ocultará este espacio, si quiere saber más visite el enlace 'Más información'.

Aceptar Más información

english | français | deutsch | italiano | traductor                  
logotipo
borde superior

Noticias

Sanidad tendrá que reincorporar a una enfermera a la que jubiló en contra de un informe de Riesgos Laborales

10/06/2013

La sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha obligado a la Conselleria de Sanidad a reincorporar a su puesto de trabajo a una mujer, auxiliar de enfermería, de 65 años, a la que jubiló forzosamente "sin motivación alguna" y en contra de un informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, según consta en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

De esta manera, el tribunal valenciano ha estimado un recurso interpuesto por la mujer, representada por la abogada Amparo Pinazo, de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F), en el que solicitaba la suspensión cautelar de la jubilación forzosa hasta que se resolviera la demanda interpuesta ante el mismo órgano contra la decisión de la conselleria. El sindicato ha subrayado que este auto supondrá un "precedente" para "muchos otros".

El gerente del Departamento de Salud de Valencia, Arnau de Vilanova-Llíria, dictó el 1 de febrero de 2013 una resolución en la que acordaba la suspensión de esta trabajadora, auxiliar de enfermería, tras cumplir los 65 años.

Sin embargo, esta mujer --trabajadora estatutaria al servicio de la Agencia Valenciana de Salud-- quería continuar desarrollando su actividad, por lo que recurrió esta resolución. Hasta que haya sentencia al respecto, también pidió al TSJCV que suspendiera la jubilación.

El tribunal valenciano, tras estudiar su caso y sus circunstancias, acuerda suspender la decisión y obliga a la Conselleria a que reintegre a esta trabajadora de forma "inmediata" y en las condiciones en que venía desempeñando su puesto de trabajo.

Para adoptar esta decisión, tiene en cuenta que la decisión adoptada por la Administración "lo ha sido sin motivación alguna", y "en contra" del informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, que concluye estimando la aptitud de la mujer para seguir desempeñando su puesto de trabajo.

Asimismo, recuerda que el tribunal ha emitido recientes pronunciamientos exigiendo que las autorizaciones o denegaciones de la prolongación en el servicio activo fueran motivadas, así como la "necesidad" de que la Administración apoye sus concretas necesidades de recursos humanos en un plan de ordenación de recursos humanos previamente aprobado.
APARIENCIA DE "BUEN DERECHO"

Con todo, el tribunal considera que en este caso concurre una apariencia de "buen derecho" en la petición de la mujer, que impone la adopción de la medida cautelar "ante los manifiestos perjuicios que derivan de su apartamento del servicio activo". Así, por estas razones, y sin prejuzgar acerca de las razones impugnatorias de fondo, accede a la suspensión cautelar de la resolución de la Administración.

El sindicato CSI·F ha indicado, en declaraciones a Europa Press, que su postura es la de oponerse a la decisión de la Conselleria de Sanidad de jubilar forzosamente a trabajadores que cumplen 65 años y que quieren continuar desarrollando su actividad.

(Fuente: Europa Press)

Desea enviar esta noticia por e-mail icono popup?

 
ETSII Universidad de Málaga Ayuntamiento de Málaga Consejería Empleo Limasam Emasa GIOSCTPRL
 

© Cátedra Prevención y Responsabilidad Social corporativa 2011. Actualizada el 15/03/2022
Icono de conformidad con el Nivel A de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI Valid HTML 4.01 Transitional Valid CSS Valid RSS