Nuestra web utiliza cookies para proporcionar una mejor experiencia de cara al usuario.
Si está de acuerdo con ello solamente pulse el botón aceptar y se ocultará este espacio, si quiere saber más visite el enlace 'Más información'.

Aceptar Más información

english | français | deutsch | italiano | traductor                  
logotipo
borde superior

Noticias

Condenados por un accidente laboral en una obra subcontratada dos veces

17/05/2009

Tres empresarios y un jefe de obra han sido condenados a nueve meses de cárcel por un accidente laboral en una obra que había sido subcontratada dos veces y que "carecía de las más elementales normas de seguridad, tanto colectivas como individuales".

El accidente ocurrió sobre las 15.30 horas del 20 de enero de 2004 en la urbanización Las Palmeras de Dos Hermanas (Sevilla), cuando el trabajador L.P.L. se encontraba colocando unos rasillones a unos seis metros de altura, pero se situó en el alero del edificio, perdió el equilibrio y cayó al suelo.

El obrero sufrió fracturas en las piernas y en las vértebras de las que tardó en curar 150 días y que le han dejado como secuelas una artrosis postraumática, según la sentencia del juzgado penal 8 de Sevilla.


La sentencia, que se produjo por conformidad de los cuatro acusados, recoge que los trabajos habían sido subcontratados dos veces y la última adjudicataria había "encargado específicamente la obra" al cuarto acusado, quien "tenía el control a pie de obra de todo lo referente a la misma".

Al momento de producirse el accidente, el lugar "carecía de las más elementales normas de seguridad, tanto colectivas como individuales" pues los procesados "habían omitido medidas tales como colocación de barandillas en el contorno o redes de protección", y no habían facilitado al lesionado el preceptivo cinturón de seguridad.

La sentencia impone a los acusados R.R.R., F.S.C., J.M.B.C. y D.A.G. seis meses de cárcel por un delito contra los derechos de los trabajadores, otros tres meses por un delito de lesiones por imprudencia grave y una inhabilitación por el mismo tiempo para ejercer cualquier tipo de profesión, oficio, industria o comercio relacionados con la construcción.

Asimismo, les impone el pago de forma solidaria de una indemnización de 18.068 euros al trabajador accidentado.

(Fuente: ABCdesevilla.es)

Desea enviar esta noticia por e-mail icono popup?

 
ETSII Universidad de Málaga Ayuntamiento de Málaga Consejería Empleo Limasam Emasa GIOSCTPRL
 

© Cátedra Prevención y Responsabilidad Social corporativa 2011. Actualizada el 15/03/2022
Icono de conformidad con el Nivel A de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI Valid HTML 4.01 Transitional Valid CSS Valid RSS