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El Gobierno es competente para regular la colaboración de las mutuas

17/06/2011

El Tribunal Supremo ha ratificado la competencia del Gobierno para regular la colaboración de las mutuas al desestimar un recurso presentado por la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social Fremap, que sostenía que esta práctica vulneraba la libertad de empresa.

Según ha informado el Ministerio de Trabajo, la sentencia reconoce concretamente la capacidad legal del Ejecutivo para la dirección y tutela de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social "así como de las entidades que colaboren en la gestión de la misma". En este sentido, se refiere también a la regulación de la colaboración de las mutuas y del régimen del convenio de asociación.

Fremap había impugnado una disposición fruto de la modificación de la norma sobre la participación de las mutuas que separaba la función de estas entidades como colaboradoras de la gestión de la Seguridad Social de su actividad privada como empresas de prevención de riesgos laborales.

Esta sentencia del Tribunal Supremo recuerda la doctrina del Tribunal Constitucional que indica que la libertad de empresa está condicionada a las exigencias de la economía general y de la planificación y que está permitida su regulación por normas reglamentarias en aspectos que no resulten esenciales.

La sentencia es la segunda que dicta el Alto Tribunal en el mismo sentido, y por lo tanto crea jurisprudencia.

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