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Se regula la norma sobre la protección de la salud y seguridad de trabajadores expuestos a vibraciones mecánicas

26/03/2009

La aprobación del Real Decreto 1311/2005, que ahora se modifica, supuso la transposición al derecho
español de la Directiva 2002/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo
13 marzo 2009.- El Consejo de Ministros ha aprobado a propuesta del ministro de Trabajo
e Inmigración, Celestino Corbacho, un proyecto de Real Decreto por el que se modifica el
Real Decreto 1311/2005 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores
frente a los riesgos derivados de la exposición a vibraciones mecánicas.
La Directiva Europea especificaba que los trabajadores no deben estar expuestos en ningún
caso al valor límite de exposición. La misma norma establecía un período transitorio basado
en el reconocimiento de que determinados equipos no permiten respetar los valores límite
de exposición, debido a dificultades tecnológicas que se manifiestan sobre todo en los
sectores agrícola y silvícola.
La norma española de transposición hizo uso de los periodos transitorios, pero decidió no
agotarlos, estableciendo un primer período de no aplicación (hasta el 6 de julio de 2008 y
en el caso particular de los equipos utilizados en los sectores agrícola y silvícola, hasta el 6
de julio de 2011) con evaluación posterior y posibilidad de prórroga.
Agotado el plazo y realizadas las consultas a los ministerios de Medio Ambiente, Rural y
Marino y Ministerio de Industria, Turismo y comercio, se resuelve que no todos los equipos
de trabajo puestos a disposición de los trabajadores de nuestro país antes del 6 de julio de
2007, están en condiciones de permitir la aplicación de lo dispuesto en el real decreto
respecto de los valores límite, lo que obliga a prorrogar los plazos a los que se refiere la
Directiva.
Ello implica la modificación del Real Decreto 1311/2005 cambiando la disposición
transitoria única de manera que se amplíen los períodos allí establecidos.

(Fuente: Ministerio de Trabajo e Inmigración)

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