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Una normativa mejorada para regular la calidad del aire

04/02/2011

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos que actualizan y mejoran tanto la normativa de calidad del aire como la regulación de las actividades contaminantes de la atmósfera. El Gobierno pretende prevenir y reducir así los efectos nocivos de estos agentes sobre la salud y el medio ambiente.

El objetivo de los dos Reales Decretos aprobados por el Consejo de Ministros es prevenir y reducir los efectos nocivos de los agentes contaminantes sobre la salud humana y el medio ambiente. Para ello, actualizan y mejoran tanto la normativa sobre calidad del aire como la que regula las actividades contaminantes de la atmósfera. Las Comunidades Autónomas tendrán competencias en su aplicación.

En lo que respecta a calidad del aire, el Gobierno ha traspuesto los nuevos preceptos de la Directiva comunitaria de 2008, relativa a la calidad del aire y a una atmósfera más limpia en Europa. Además, ha creado un marco normativo más simplificado que actualiza las normas vigentes.

El decreto regula las condiciones y los pasos a seguir para solicitar exenciones en la aplicación de los valores límite de partículas o prórrogas en el plazo para el cumplimiento de los valores límite de dióxidos de nitrógenos y benceno que, en último caso, concederá la Comisión Europea.

Como principales novedades se incluyen obligaciones para las partículas de tamaño inferior a 2,5 microgramos por metro cúbico, siguiendo las especificaciones de la Directiva. También será obligatorio vigilar los niveles de amoniaco en aire en estaciones de fondo regional y en estaciones de tráfico de las ciudades españolas de más de quinientos mil habitantes.

De esta forma, el Gobierno define y establece los objetivos de calidad del aire para cada uno de los contaminantes contemplados. Además, regula tanto la forma de evaluar la calidad del aire en todo el territorio como la manera de proceder en la gestión posterior. También fija la información que se tienen que intercambiar las Administraciones local, autonómica, nacional y europea.

Respecto a los planes nacionales que aplicará el Gobierno en aquellos contaminantes que se comporten de forma similar en cuanto a fuentes, dispersión o niveles en varias zonas, gracias al Real Decreto serán más precisos. Lo mismo ocurre con los planes de mejora de calidad del aire, ya introducidos en la Ley de 2007.

El segundo Real Decreto aprobado actualiza el Catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y establece las disposiciones básicas para su aplicación. Así, la norma cataloga las instalaciones que generan emisiones contaminantes y las caracteriza según su potencial grado contaminador, desarrollando los requisitos que deben cumplir para minimizar y controlar las emisiones.

Además, los titulares de las instalaciones estarán obligados a realizar controles de las emisiones, realizar registros de las medidas contaminantes desarrolladas y comunicar la información relativa a las emisiones y controles al órgano competente de su Comunidad Autónoma.

Esta regulación va a permitir reducir los costes asociados sobre los titulares de las instalaciones y Administraciones gracias a la simplificación de los procedimientos y controles por medio de una modulación de los requisitos aplicables a cada actividad en función de su potencial contaminador.

Con estos dos nuevos decretos, queda actualizado el marco regulador de la calidad del aire y de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera ya que ambas normas completan la derogación del Real Decreto de 1977 que desarrolló la antigua Ley 38/1975, derogada ya por la Ley de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera de 2007.

(Fuente: Europa Press)

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