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Las empresas que pacten programas para mejorar la salud de los trabajadores recibirán una compensación

22/09/2010

Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional podrán compensar a cargo de sus excedentes los gastos en los que incurran los programas pactados entre empresarios y trabajadores que modifiquen las condiciones de trabajo o flexibilicen el cambio de puesto de trabajadores enfermos.

Ésta es una de las medidas incorporadas a la reforma laboral durante su tramitación parlamentaria, si bien el Ministerio de de Trabajo e Inmigración puntualizó que ya se contemplaban, fruto de acuerdos emanados del diálogo social, para los programas de disminución de la siniestralidad laboral y de las enfermedades profesionales. "Pero no existía para enfermedades que, sin pertenecer a los listados de enfermedad profesional, sí guardan relación con las condiciones de trabajo, tales como muchas de las patologías psicosociales".

Para el reconocimiento de este incentivo se exigirá un plan pactado, en el ámbito de la empresa, con la representación de los trabajadores. El departamento dirigido por Celestino Corbacho explicó que la Administración de Seguridad Social ha propuesto a representantes de trabajadores y empresarios pactar la regulación de estos procesos de colaboración, "a fin de conseguir que la reducción del absentismo pase no sólo por el control, sino por la mayor flexibilidad de la jornada, el cambio de condiciones de trabajo, y la reubicación de los trabajadores enfermos, que mejoren la salud integral de los trabajadores".

Las mutuas también podrán anticipar procesos de rehabilitación derivados de lesión o enfermedad común de los trabajadores, y evitar que las listas de espera dilaten su recuperación con perjuicios para su salud. Además, en la tramitación parlamentaria de la reforma laboral se incluyó una enmienda que garantiza el cobro en dinero líquido del salario mínimo interprofesional, "lo que evitará descuentos abusivos por salario en especie que afectaban a los colectivos más desfavorecidos (empleadas de hogar, contingentes extranjeros y otros)".


(Fuente RR.HH Digital)

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